Auto Supremo AS/0400/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0400/2015-RA-L

Fecha: 04-Ago-2015

En lo referente al tercer motivo, aduce que el Tribunal de alzada no resolvió los


En lo referente al tercer motivo, aduce que el Tribunal de alzada no resolvió los puntos de apelación referidos a que la Sentencia se basó en hechos inexistentes o no acreditados o en valoración defectuosa de la prueba [art. 370 incs. 5) y 6) del CPP]; que existe contradicción entre su parte dispositiva y la considerativa [art. 370 inc. 8 del CPP]; que las pruebas reclamadas mediante incidente de exclusión probatoria eran ilegales, siendo la Resolución que lo resolvió, contrario a la norma procesal vigente, habiéndose limitado únicamente a hacer mención a la reclamación vinculada al art. 370 inc. 6) del CPP; a cuyo efecto, cita el Auto Supremo 417 de 19 de agosto de 2003, que asevera, determina que el Tribunal de alzada debe resolver los puntos reclamados en la apelación. Al respecto, se advierte que los recurrentes se limitan a expresar que el auto de Vista no habría resuelto los puntos impugnados, contradiciendo el Auto Supremo 417 citado; sin embargo, soslayan explicar cuál la solución pretendida en cuanto al pronunciamiento de los puntos extrañados, aspecto de suma importancia a fin de determinar la intención de los recurrentes en la Resolución del recurso; por lo que, dicho motivo resulta inadmisible, por falta de fundamentación precisa y suficiente en cuanto al motivo analizado