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    Auto Supremo AS/0532/2015-RA-L
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0532/2015-RA-L

    Fecha: 13-Ago-2015

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 26 de diciembre de 2010, cursante de fs
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
    • 2) Que el Auto de Vista contiene los mismos razonamientos carentes de tecnicismo jurídico de
    • 3) El Tribunal de alzada incumplió su labor de ejercer control de las garantías constitucionales,
    • 4) Sobre la imposición de la pena, en Sentencia se le condenó con dos penas
    • El art
    • En este contexto, el art
    • iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
    • Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
    • En el caso de autos, se constata que el recurrente cumple con el primer requisito
    • En cuanto a las denuncias del recurso de casación, corresponde verificar el cumplimiento de los
    • En lo que concierne al primer motivo del recurso de casación en el cual se
    • Respecto a la denuncia de vulneración a derechos y garantías constitucionales, tampoco cumple con los
    • Respecto a los defectos en la valoración probatoria alegados en el tercer motivo, debido a
    • El quinto motivo referido a la retroactividad de la ley, carece del cumplimiento de los
    • Cabe precisar que en el sexto motivo del recurso de casación, el recurrente realiza denuncias
    • iii)Vulneración del principio de legalidad y de la garantía de seguridad jurídica relacionada con una
    • iv)La denuncia de vulneración del derecho a la defensa por falta de complementación y enmienda
    • V) Similar situación se evidencia en su argumento de violación a la garantía de ser
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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