Auto Supremo AS/0532/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0532/2015-RA-L

Fecha: 13-Ago-2015

Respecto a la denuncia de vulneración a derechos y garantías constitucionales, tampoco cumple con los


El segundo motivo cuyo agravio refiere errónea aplicación de la ley sustantiva, debido al cambio del delito por el cual se acusó, siendo diferente al que se condenó, además de presuponerse que el delito endilgado no prescribe por ser un delito continuado, violándose sus derechos y garantías constitucionales; sobre este tópico, si bien el recurrente cita y transcribe parte de la doctrina legal del Auto Supremo 31 de 23 de marzo de 2007, señalando como posible contradicción que Auto de Vista no considera la “correcta valoración respecto a lo que dispone la corriente finalista” (sic), se evidencia la falta de claridad y precisión en la exposición de los argumentos que considera son contradictorios a los razonamientos contenidos en la doctrina legal del precedente, ya que, como prevén los arts. 416 y 417 del CPP, corresponde al impugnante señalar en términos precisos el sentido jurídico distinto del fallo impugnado que no coincide con el contenido en el referido Auto Supremo, aspecto que no se evidencia en el motivo en análisis; asimismo, corresponde aclarar que el citado Auto Supremo no fue invocado en su recurso de apelación restringida, en inobservancia dela disposición del art. 416 segundo párrafo del CPP.

Respecto a la denuncia de vulneración a derechos y garantías constitucionales, tampoco cumple con los presupuestos de flexibilización descritos en el acápite III de la presente resolución, en razón a que alega quebrantamiento de derechos y garantías constitucionales sin especificar qué derecho o garantía se vio restringido o disminuido y cuál el resultado dañoso emergente de esa vulneración; requisitos incumplidos que no permiten la admisión del presente motivo