Auto Supremo AS/0532/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0532/2015-RA-L

Fecha: 13-Ago-2015

Cabe precisar que en el sexto motivo del recurso de casación, el recurrente realiza denuncias


Cabe precisar que en el sexto motivo del recurso de casación, el recurrente realiza denuncias similares a los contenidos en los motivos precedentemente expuestos; sin embargo, la exposición de sus argumentos difiere con los expresados en este sexto motivo donde argumenta transgresión de derechos y garantías, mismos que fueron desglosados de la siguiente manera:

i) Transgresión del debido proceso y la seguridad jurídica debido a que el Auto de Vista confirma la Sentencia donde se le condena a la pena de tres años de presidio por omisión en la sanción penal, siendo que el mismo no se configura como tipo penal; pero, fue juzgado y sancionado por éste, causándole indefensión. Sobre el particular, se tiene que el recurrente cumple con los presupuestos de flexibilización al señalar los antecedentes generadores del agravio y la restricción de su derecho a la defensa, siendo juzgado por un delito inexistente cuyo resultado fue la imposición de una sanción de tres años; bajo tal parámetro corresponde la admisión del motivo