Auto Supremo AS/0543/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0543/2015-RRC-L

Fecha: 13-Ago-2015

III.1. Análisis del caso concreto


Radicada la causa en la Sala Penal Primera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, resolvió el recurso de apelación restringida, mediante Auto de Vista de 15 de septiembre de 2010, con los siguientes fundamentos jurídicos que tienen directa relación con los motivos denunciados en el recurso de casación: Previa cita de la doctrina legal establecida por los Autos Supremos 104 de 20 de febrero de 2004, 196 de 3 de junio de 2005, 151 de 2 de febrero de 2007 y 111 de 31 de enero de 2007, refiere con relación a los testigos Carlos Almanza Corrales y Beltrán Cándido Álvarez Alvarado y los demás testigos de cargo y descargo, que el apelante realizó su propio análisis probatorio; sin embargo, conforme la doctrina legal señalada, el Tribunal de alzada se encuentra impedido de volver a valorar las declaraciones testificales producidas en el juicio ante el Juez de Sentencia; sino, debe revisar la logicidad de la Sentencia en cuanto atañe a la actividad probatoria y su relación con la vulneración de las reglas de la sana crítica; por lo que, la impugnación carece de mérito. En cuanto a la prueba signada como A-4 y D-2, advierte que consiste en una resolución del Tribunal Disciplinario del Sindicato 21 de julio, con lo que se demostraría la falsa acusación que hubiera efectuado en contra del querellante, porque los halló culpables de los delitos de Estafa y Abuso de Confianza, el Tribunal de alzada constató que el Juez a quo valoró la referida prueba, habiéndole asignado el valor correspondiente en el considerando III de la Sentencia.

III. VERIFICACIÓN DE LA VULNERACIÓN DE DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES EN LA RESOLUCIÓN IMPUGNADA

III.1. Análisis del caso concreto