Auto Supremo AS/0565/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0565/2015

Fecha: 18-Ago-2015

No siendo excusable el defecto advertido, se impone la multa de Bs

No siendo excusable el defecto advertido, se impone la multa de Bs. 200, para cada uno de los Vocales que suscribieron el Auto de Vista anulado, a ser descontado de su haber mensual, a tal efecto hágase conocer la presente Resolución a la Dirección General Administrativa y Financiera del Órgano Judicial