Auto Supremo AS/0569/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0569/2015

Fecha: 18-Ago-2015

c)Se vulnera, los arts

c)Se vulnera, los arts. 64, 80, 157 y 158 del Código Procesal del Trabajo (CPT), ya que en ninguno de aquellos artículos se castiga con nulidad a la duplicidad de providencias no está prevista en norma, por lo que al haberse dictado en la misma fecha dos autos para sentencia, no ocasionó indefensión a la actora, emitiéndose la Sentencia dentro de plazo