Dicha resolución motivó, que la entidad demandada recurra en casación, señalando al efecto
I.2. Motivos del recurso de casación
Dicha resolución motivó, que la entidad demandada recurra en casación, señalando al efecto:
a)El Auto de Vista realizó consideraciones de fondo al fundamentar su revisión de oficio, existiendo en tal sentido prejuzgamiento, aspecto que fuera evidente en la afirmación sobre las maneras de acceder (concurso de méritos) a un cargo en la rama salud; más cuando tal aspecto no fue objeto de controversia ni fue marcado como punto a probar en el Auto de relación procesal de fs. 76
Dicha resolución motivó, que la entidad demandada recurra en casación, señalando al efecto:
a)El Auto de Vista realizó consideraciones de fondo al fundamentar su revisión de oficio, existiendo en tal sentido prejuzgamiento, aspecto que fuera evidente en la afirmación sobre las maneras de acceder (concurso de méritos) a un cargo en la rama salud; más cuando tal aspecto no fue objeto de controversia ni fue marcado como punto a probar en el Auto de relación procesal de fs. 76
- Tramitado el proceso, el Juez Quinto del Trabajo y Seguridad Social de La Paz, emitió
- Interpuesto el recurso de apelación por la demandante tal cual es visto en el memorial
- Dicha resolución motivó, que la entidad demandada recurra en casación, señalando al efecto
- b)Errónea interpretación del art
- c)Se vulnera, los arts
- Añade que si bien existe duplicidad de decreto de autos, se debe a la sucesión
- d)Asimismo señala que: “La Juez a-quo en su sentencia de forma correcta se alejó de
- II
- El art
- De forma excepcional el Tribunal de Alzada anulará obrados, ante la existencia de irregularidades que
- En ese entendido, para la declaratoria de nulidad de los actos procesales deben observarse varios
- Sobre el particular a decir de Castellanos “…se prioriza el orden público y la relación
- Líneas después, de forma imprecisa y contradictoria señala la revisión de oficio de aspectos de
- Ahora bien, la doctrina procesal reconoce, ciertas condiciones que hacen viable y justifican la decisión
- En ese sentido el Auto Supremo Nº 332 de 28 de julio de 2010, para
- De lo expuesto se advierte que la Sala Social y Administrativa segunda del Tribunal Departamental
- En ese contexto, corresponde resolver conforme los arts
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Conforme al art
- En cumplimiento a lo previsto en el art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
