En ese entendido, para la declaratoria de nulidad de los actos procesales deben observarse varios
En ese entendido, para la declaratoria de nulidad de los actos procesales deben observarse varios principios, entre los cuales y para efectos de la presente resolución, se señalan: i) El principio de especificidad o legalidad, referida a que el acto procesal se haya realizado en violación de prescripciones legales, sancionadas con nulidad, es decir, que no basta que la Ley prescriba una determinada formalidad para que su omisión o defecto origine la nulidad del acto o procedimiento, por cuanto ella (la nulidad) debe ser expresa o específica, porque ningún trámite o acto judicial será declarado nulo si la nulidad no está expresamente determinada por la Ley, en otros términos “No hay nulidad, sin Ley específica que la establezca” (art. 251 del Código de Procedimiento Civil (CPC) concordante con el art. 105.I del Código Procesal Civil) y; ii) Principio de trascendencia, este presupuesto nos indica que no puede admitirse el pronunciamiento de la nulidad por la nulidad misma, o para satisfacer pruritos formales, esto significa que quien solicita nulidad debe probar que la misma le ocasionó perjuicio cierto e irreparable, que solo puede subsanarse mediante la declaración de nulidad, es decir demostrar cuál es el agravio que le causa el acto irregularmente cumplido y si éste es cierto e irreparable
- Tramitado el proceso, el Juez Quinto del Trabajo y Seguridad Social de La Paz, emitió
- Interpuesto el recurso de apelación por la demandante tal cual es visto en el memorial
- Dicha resolución motivó, que la entidad demandada recurra en casación, señalando al efecto
- b)Errónea interpretación del art
- c)Se vulnera, los arts
- Añade que si bien existe duplicidad de decreto de autos, se debe a la sucesión
- d)Asimismo señala que: “La Juez a-quo en su sentencia de forma correcta se alejó de
- II
- El art
- De forma excepcional el Tribunal de Alzada anulará obrados, ante la existencia de irregularidades que
- En ese entendido, para la declaratoria de nulidad de los actos procesales deben observarse varios
- Sobre el particular a decir de Castellanos “…se prioriza el orden público y la relación
- Líneas después, de forma imprecisa y contradictoria señala la revisión de oficio de aspectos de
- Ahora bien, la doctrina procesal reconoce, ciertas condiciones que hacen viable y justifican la decisión
- En ese sentido el Auto Supremo Nº 332 de 28 de julio de 2010, para
- De lo expuesto se advierte que la Sala Social y Administrativa segunda del Tribunal Departamental
- En ese contexto, corresponde resolver conforme los arts
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Conforme al art
- En cumplimiento a lo previsto en el art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
