Auto Supremo AS/0570/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0570/2015

Fecha: 19-Ago-2015

Además de ello, cabe indicar que la parte demandada no acompañó prueba suficiente para desvirtuar

Además de ello, cabe indicar que la parte demandada no acompañó prueba suficiente para desvirtuar la relación laboral aducida en la demanda, no obstante que era su obligación hacerlo conforme prevén los arts. 3. h), 66 y 150 del CPT, más aun si conforme el Auto N° 640 Bis de 10 de noviembre de 2011 (fs. 878 a 879 vta.), se fijó los puntos de hecho a probar, entre ellos la relación laboral y que se emplazó a las partes a hacer uso de los medios probatorios establecidos por el art. 151 del CPT, debiendo tomar en cuenta que la carga de la prueba le corresponde a la empresa demandada, siendo esta última situación incumplida por la empresa demandada