Auto Supremo AS/0632/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0632/2015-L

Fecha: 04-Ago-2015

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2.- Que en base a la anterior “suposición” se afirmaría que en el venta de los 420 mts.2 su persona retuvo una parte del bien inmueble, incumpliendo el contrato, que en la inspección ocular no se habría medido, y que el informe pericial que refiere señalaría que no se pudo realizar la medición, fueran aspectos que no demostrarían el incumplimiento de su parte en la superficie que se señaló sino 300 mts.2