Auto Supremo AS/0632/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0632/2015-L

Fecha: 04-Ago-2015

Recurre a lo previsto por los arts

En la forma
Recurre a lo previsto por los arts. 250 y 254 del Código de Procedimiento Civil y señala que estaría demostrado que en el curso del proceso no se había citado a la demandante principal con la demanda reconvencional, sino a su apoderado, vulnerando lo dispuesto por el art. 131 del Código adjetivo de la materia y violado e incumplido lo previsto por el art. 119, 120, 121 y 122 del CPC., desconociendo que las normas procesales fueran de orden público y cumplimiento obligatorio. Que estos aspectos hubieran sido planteadas en recurso de apelación y no hubieran sido analizadas por el Ad quem