En la forma
Establecido aquello corresponde precisar:
En la forma:
1.- En principio se debe enfatizar, que toda Resolución judicial, debe cumplir con dos requisitos inexcusables: la motivación y la congruencia, es decir que la Sentencia o Auto de Vista debe ajustarse a las peticiones deducidas por las partes en el transcurso de la Litis y a aquellos aspectos que han sido motivo de la controversia; conforme el Diccionario Jurídico de Manuel Osorio, se entiende por congruencia, “La Conformidad de expresión, concepto y alcance entre el fallo y las pretensiones de las partes formuladas en el juicio. La incongruencia justifica el recurso de Apelación e incluso, en su caso, el de casación”, infiriéndose de lo anterior, que toda Resolución judicial debe contener la debida motivación, entendida la misma como acto expresamente atribuido a la autoridad jurisdiccional
En la forma:
1.- En principio se debe enfatizar, que toda Resolución judicial, debe cumplir con dos requisitos inexcusables: la motivación y la congruencia, es decir que la Sentencia o Auto de Vista debe ajustarse a las peticiones deducidas por las partes en el transcurso de la Litis y a aquellos aspectos que han sido motivo de la controversia; conforme el Diccionario Jurídico de Manuel Osorio, se entiende por congruencia, “La Conformidad de expresión, concepto y alcance entre el fallo y las pretensiones de las partes formuladas en el juicio. La incongruencia justifica el recurso de Apelación e incluso, en su caso, el de casación”, infiriéndose de lo anterior, que toda Resolución judicial debe contener la debida motivación, entendida la misma como acto expresamente atribuido a la autoridad jurisdiccional
- Reales,
- Distrito: La Paz
- CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO
- CONSIDERANDO II: HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- 2
- Por lo expuesto termina peticionando “anule todo lo obrado y deliberando en el fondo, declare
- CONSIDERANDO III: FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- En la forma
- En el caso que se analiza, de la revisión del Auto de Vista recurrido se
- Por su parte el art
- De lo anterior, se infiere que la Sentencia se constituye en un acto procesal, cuya
- En Autos, el Ad quem, al asumir tal determinación de confirmar la Sentencia, bajo el
- Por otra parte, los recurrentes señalan que por memorial de fs
- Bajo esa relación fáctica los de instancia tomaron en cuenta en Resolución y declarar la
- De lo expuesto precedentemente, se infiere con meridiana claridad que no existe violación de norma
- En consecuencia este Tribunal Supremo de Justicia, por el razonamiento vertido, emite Resolución en la
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
