Luego, en relación a que solo uno de las partes hubiera cumplido su obligación, corresponderá
La actora, en autos, ciertamente al haber sido encomendada o encargada por la Máxima Autoridad Ejecutiva del Ministerio de Desarrollo Económico, la responsabilidad de la organización de los eventos internacionales señalados, cuya parte operativa estaba a cargo del Viceministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda, como refiere en su demanda, se ha expuesto a las consecuencias jurídicas de tal desaprensiva acción entendiendo que estaba contratando con el Estado.
Luego, en relación a que solo uno de las partes hubiera cumplido su obligación, corresponderá señalar que en el sub lite no se ha acreditado una relación contractual entre la Administración Pública y la demandante, ahora, si ha existido una relación jurídica (irregular) entre la actora y las indicadas ex autoridades, se salva el derecho de la demandante de accionar en contra de aquéllas quienes requirieron sus servicios y las posteriores que avalaron el mismo
Luego, en relación a que solo uno de las partes hubiera cumplido su obligación, corresponderá señalar que en el sub lite no se ha acreditado una relación contractual entre la Administración Pública y la demandante, ahora, si ha existido una relación jurídica (irregular) entre la actora y las indicadas ex autoridades, se salva el derecho de la demandante de accionar en contra de aquéllas quienes requirieron sus servicios y las posteriores que avalaron el mismo
- Distrito: La Paz
- CONSIDERANDO I:
- En su recurso de casación en el fondo, acusa
- c) La Sentencia y el Auto de Vista contienen disposiciones contradictorias, la Sentencia señala que
- d) En la Sentencia y el Auto de Vista existe error de derecho en la
- En su recurso de casación en la forma, acusa
- Con esos argumentos, pide que se case el Auto de Vista y revoque la Sentencia
- CONSIDERANDO III:
- En la forma
- ?De la revisión de los antecedentes y datos que cursan en el proceso, se informa
- La Sentencia de 31 de julio de 2008, declaró improbada la demanda argumentando que la
- De ello se advierte la pretensión de la actora del pago de $us
- ?En base a dichos antecedentes, se deben efectuar las siguientes consideraciones y fundamentaciones
- De acuerdo a los antecedentes desarrollados, y en consideración a la pretensión de la actora,
- Luego, en relación a que solo uno de las partes hubiera cumplido su obligación, corresponderá
- Las ex autoridades del Ministerio y Viceministerio prenombrados, por su parte tampoco tomaron oportunamente las
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Duran.
