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2. Acusa que en virtud a que no existe un contrato como tal con los demandantes del supuesto alquiler impago del tractor que se menciona, su mandante no puede hacerse cargo de obligaciones que no le corresponden, en primer lugar se ha cancelado en su totalidad los adeudos a la Sra. Bertha García, así como su mandante no tiene ningún trato suscrito con las demandantes, hecho que la sentencia dictada y el Auto de Vista no han manifestado
- Proceso: Pago de alquiler de maquinaria
- Distrito: Cochabamba
- De forma resumida se pasa a detallar los fundamentos de agravio que expone la parte
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- CONSIDERANDO III: FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
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- En este punto la parte recurrente no concreta el agravio denunciado y en definitiva no
- Al respecto, el art
- En la especie, si bien no se ha presentado al cuaderno procesal objetivamente el contrato
- Ahora bien, la parte demandante a efectos de demostrar los fundamentos de su petición adjunta
- Sin embargo, de la relación precedentemente efectuada se conoce que en el presente caso de
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- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
