En este punto la parte recurrente no concreta el agravio denunciado y en definitiva no
En este punto la parte recurrente no concreta el agravio denunciado y en definitiva no cumple con el art. 258-2) del adjetivo civil, porque no cita en términos claros, concretos y precisos, la ley o leyes violadas o aplicadas falsa o erróneamente, tampoco especifica en qué consiste la violación, falsedad o error, teniendo presente que estas especificaciones deberán hacerse precisamente en el recurso y no fundarse en memoriales o escritos anteriores ni suplirse posteriormente, lo que hace a su manifiesta improcedencia
- Proceso: Pago de alquiler de maquinaria
- Distrito: Cochabamba
- De forma resumida se pasa a detallar los fundamentos de agravio que expone la parte
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- CONSIDERANDO III: FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
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- En este punto la parte recurrente no concreta el agravio denunciado y en definitiva no
- Al respecto, el art
- En la especie, si bien no se ha presentado al cuaderno procesal objetivamente el contrato
- Ahora bien, la parte demandante a efectos de demostrar los fundamentos de su petición adjunta
- Sin embargo, de la relación precedentemente efectuada se conoce que en el presente caso de
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- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
