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4. Refiere que en antecedentes se halla probado de que a la señora Bertha Rodríguez se le han cancelado todos sus beneficios sociales, conforme se desprende en la documentación que cursa en obrados de la causa, tales como el documento de fs. 9 y 10, el finiquito y la tabla de datos, corroborándose este hecho con el documento de pago de derechos laborales y el recibo correspondiente de fs. 49 a 52 de obrados, no adeudándose suma alguna por tal concepto, estando saldada la obligación debida
- Proceso: Pago de alquiler de maquinaria
- Distrito: Cochabamba
- De forma resumida se pasa a detallar los fundamentos de agravio que expone la parte
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- CONSIDERANDO III: FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
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- En este punto la parte recurrente no concreta el agravio denunciado y en definitiva no
- Al respecto, el art
- En la especie, si bien no se ha presentado al cuaderno procesal objetivamente el contrato
- Ahora bien, la parte demandante a efectos de demostrar los fundamentos de su petición adjunta
- Sin embargo, de la relación precedentemente efectuada se conoce que en el presente caso de
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- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
