Auto Supremo AS/0729/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0729/2015

Fecha: 27-Ago-2015

POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,

POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I num. 1) de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010, y en aplicación de los Arts. 271 num. 2) y 273 del Código de Procedimiento Civil declara INFUNDADO el recurso de casación en la forma, y en aplicación de los arts. 271 num. 1) y 258 num. 2) del Código de Procedimiento Civil declara IMPROCEDENTE el recurso de casación en el fondo interpuesto por Esteban Sanabria Guzmán, Administrador Departamental de la Caja Petrolera de Salud de fs. 197 a 199 y vta., contra el Auto de Vista de fecha 06 de diciembre de 2010 de fs. 186 y vta., pronunciado por la Sala Civil Segunda de la entonces Corte Superior de Cochabamba. Con costas