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    Auto Supremo AS/0733/2015
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0733/2015

    Fecha: 27-Ago-2015

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    • R.A
    • ANTECEDENTES DEL PROCESO
    • Deducida la apelación por la entidad demandante y remitida la misma ante la instancia
    • En conocimiento de la determinación de segunda instancia, la institución demandada interpuso recurso de casación,
    • DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
    • El Tribunal de Alzada razono en relación al art
    • En este entendido en cuanto a la incongruencia objetiva, se debe señalar que esta se
    • Ahora bien, es importante aclarar que si bien principio de congruencia procesal, pondera el derecho
    • En este marco, en el caso de Autos de la revisión de obrados se tiene
    • Ahora bien del examen de dichos fundamentos, se tiene que el A quo realizo una
    • Ahora bien, de lo expuesto supra se tiene que no es evidente la incongruencia objetiva
    • Siendo excusable el error, no se impone multa
    • En aplicación del art
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán

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