Auto Supremo AS/0733/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0733/2015

Fecha: 27-Ago-2015

Ahora bien, es importante aclarar que si bien principio de congruencia procesal, pondera el derecho

Ahora bien, es importante aclarar que si bien principio de congruencia procesal, pondera el derecho al debido proceso, sin embargo “no es absoluto”, pues se debe tomar en cuenta la trascendencia y la afectación que dicho vicio causa para suponer la nulidad de obrados, precautelando siempre la garantía al debido proceso, a la defensa y a la justicia pronta, oportuna y sin dilaciones que sustenta el art. 115 de la C.P.E., esto siempre y cuando no se afecten otros derechos, garantías y principios fundamentales que emergen en procura de brindar la tutela judicial efectiva a las partes