Auto Supremo AS/0733/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0733/2015

Fecha: 27-Ago-2015

DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN


CONSIDERANDO II
DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:

Que el Auto de Vista anula la Sentencia de fs. 270 a 272 bajo lo dispuesto por el art. 451.II del C.C., y si bien no existirá principio de exclusividad para aplicar normas generales de los contratos únicamente a dichos actos, sería la propia norma (art. 451.II del C.C.), la que dispone que podrán ser aplicadas a otros actos jurídicos siempre y cuando sean compatibles con estos, es decir que estos actos tengan por fin inmediato establecer entre las personas relaciones jurídicas de crear, modificar y transferir derechos, y en el presente caso la caja de salud de caminos a través de la demanda de rectificación de partida de inscripción en derechos reales no pretendía establecer ninguna relación jurídica, por lo que dicho trámite no reuniría los requisitos de compatibilidad exigida por el art. 451.II del C.C., que permita la verificación de las causales de nulidad exhortadas por la parte actora

Por lo expuesto solicitan que el Tribunal de casación se digne Casar el Auto de Vista recurrido a fs. 300 a 301 y deliberando en el fondo confirme la Sentencia de fs. 270 a 272