En grado de apelación de fs
En grado de apelación de fs. 189 a 192 formulada por el demandante, la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, pronunció el Auto de Vista Nº 408/2010 de 7 de diciembre de 2010 (fs. 209 a 211), revocando parcialmente la Sentencia Nº 86/2010 de 15 de octubre de 2010, disponiendo el pago de Bs. 11.898,54 por conceptos de indemnización, sueldos devengados (5 días), aguinaldo 2010 (4 meses y 5 días), vacaciones 2008-2009 (15 días) y 2009-2010 (9 días), recargos por trabajo en domingos, recargo por trabajo en feriados, recargo por trabajo nocturno y reintegro de incremento salarial. Sin costas
- Auto Supremo Nº 242/2015-L
- Expediente: CHUQ. 27/2011
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, el Juez de Partido Segundo del Trabajo y
- En grado de apelación de fs
- Contra el referido auto de vista, la empresa de Seguridad privada VIP Seguridad Bolivia a
- Indica que, respecto a la recarga nocturna se interpretó erróneamente lo señalado en las excepciones
- Señala que se debe tener en cuenta que el actor no cumplía a cabalidad su
- Acusa violación del art
- Indica que la S
- Concluye solicitando se case el auto de vista impugnado, disponiendo se excluya del mismo la
- CONSIDERANDO II: Que, expuestos los fundamentos del recurso de casación, se coligen los siguientes aspectos
- Evidentemente, el art
- En relación a la aseveración de que se debe tener en cuenta que el actor
- Igual situación se infiere, respecto a la acusación de violación del art
- Sin embargo, de la lectura de la demanda se verifica que el actor al reconocer
- En cuanto a la acusación de falta de valoración de la prueba presentada como descargo,
- Por lo expresado, si se acusa error de derecho, el error debe quedar objetivamente demostrado
- Por lo que, para el caso en análisis la norma de aplicación especial y preferente
- Consiguientemente y en mérito a lo expuesto anteladamente, no siendo evidentes las violaciones aducidas por
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
