Auto Supremo AS/0242/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0242/2015-L

Fecha: 18-Sep-2015

Por lo expresado, si se acusa error de derecho, el error debe quedar objetivamente demostrado

Al efecto, con relación al error de derecho, el tratadista Pastor Ortiz Mattos, en su obra, El Recurso de Casación en Bolivia, pág. 158, expresa “…El error de derecho recae sobre la existencia o interpretación de una norma jurídica. En el caso que nos interesa cuando el juez o tribunal de fondo, ignorando el valor que atribuye la ley a cierta prueba, le asigna un valor distinto.”
Por lo expresado, si se acusa error de derecho, el error debe quedar objetivamente demostrado y ser manifiesto como dispone la norma, por lo que debe ser contrastado dicho error con un documento auténtico que lo demuestre, a efectos que de manera excepcional se proceda a una revalorización de esa prueba