Auto Supremo AS/0246/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0246/2015-L

Fecha: 18-Sep-2015

Arguye que no procede el pago de desahucio porque no hubo despido intempestivo, tampoco de

Arguye que no procede el pago de desahucio porque no hubo despido intempestivo, tampoco de indemnización, vacación, bono de antigüedad y aguinaldos al haber mantenido con el actor una relación comercial, siendo un comisionista, y se pagaba sus propias comisiones, encontrándose sujeto al Código de Comercio, aspecto sobre el cual el auto de vista no se pronuncia