Sin embargo, de la lectura de la Resolución de Vista se concluye que en la
Sin embargo, de la lectura de la Resolución de Vista se concluye que en la litis se ha demostrado la relación laboral existente entre el actor y el demandado, al señalar: “En el primero de los hechos probados establecidos en la Sentencia cuestionada, el juzgador estableció que la relación entre el actor y el demandado era de dependencia del primero al segundo; situación no desvirtuada por el demandado…”, y para el efecto es pertinente considerar que para dicha determinación se tomó en cuenta los requisitos esenciales que debe contener toda relación laboral como ser: a) dependencia y subordinación del trabajador respecto del empleador; b) prestación de trabajo por cuenta ajena; c) percepción de una remuneración o salario en cualquiera de sus formas y manifestaciones, de conformidad a lo establecido por los artículos 1 y 2 del Decreto Supremo 23570, de 26 de julio de 1993; por lo que se evidencia la relación laboral existente entre el actor y la parte demandada, debiendo además, prevalecer y aplicarse el principio de proteccionismo y el principio de primacía de la realidad, conforme al art. 4 inciso d) y 5 del Decreto Supremo 28699 de 1 de mayo de 2006; razonamientos por los cuales se concluye que la relación entre el actor y el demandado reúne las características del art. 2 del Decreto Supremo No. 28699 de 01 de mayo del 2006
- Auto Supremo Nº 246/2015-L
- Expediente: CHUQ. 39/2011
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez de Partido Segundo del Trabajo y
- En grado de apelación de fs
- Contra el referido auto de vista, el demandado Miguel Ángel Andrade Taboada formuló recurso de
- Acusa la violación e interpretación errónea del art
- Acota que con la prueba testifical se demostró que el demandante era una especie de
- Arguye que no procede el pago de desahucio porque no hubo despido intempestivo, tampoco de
- Concluye solicitando se case el auto de vista recurrido, disponiendo que el actor acuda a
- CONSIDERANDO II: Que, expuestos los fundamentos del recurso de casación en el fondo, se coligen
- Por lo que para el caso en análisis la norma de aplicación especial y preferente
- Con relación a la falta de valoración de la prueba se debe tomar en cuenta
- Por lo expresado, si se acusa error de hecho y de derecho, al no tratarse
- En cuanto a que debió el demandante demostrar la relación laboral que afirma existió entre
- En cuanto a la acusación de violación e interpretación errónea del art
- Respecto a la acusación de violación e interpretando erróneamente los arts
- Sin embargo, de la lectura de la Resolución de Vista se concluye que en la
- Consiguientemente y en mérito a lo expuesto anteladamente, no siendo evidentes las violaciones aducidas por
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
