Auto Supremo AS/0568/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0568/2015-RRC

Fecha: 04-Sep-2015

Probado el fallecimiento de Isabel Banegas Coca el 30 de mayo del 2002, cualquier negocio


Concluido el juicio oral, el Juzgado Octavo de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dictó Sentencia condenatoria en contra del imputado Erwin Sánchez Freking por la comisión del delito de Uso de Instrumento Falsificado, condenándolo a la pena de dos años, más el pago de costas y responsabilidad civil a calificarse en ejecución de sentencia, fallo en el que se observa que luego de la relación de los hechos y la prueba introducida a juicio, contiene los siguientes fundamentos:

Probado el fallecimiento de Isabel Banegas Coca el 30 de mayo del 2002, cualquier negocio jurídico, vínculo contractual posterior a esa fecha, en el que figure el nombre de Isabel Banegas, es un hecho inverosímil, ya que no podría en esa condición efectuar actos jurídicos de la vida civil, y en este caso el inmueble de la Av. Viedma 465, fue transferido el 21 de septiembre de 2004, a favor de Erwin Sánchez Freking, transferencia que está probada por la documental “PD3, PD5, PD7 y PD8”, que demuestran la introducción de hechos e ideas falsas en un documento, si bien la forma del documento es verdadera; empero, contiene declaraciones falsas que hacen aparecer como verdaderos, hechos que no ocurrieron o que sí de un modo diferente; a ello se suma que el abogado que firmó la minuta que responde al nombre de Ramiro Gonzáles, no se encuentra inscrito en el Colegio de Abogados de Santa Cruz, y que el registro de Corte Nº 1144 de 8 de octubre de 1984, corresponde al Abogado Bernardo Alpire Pérez, extremo que afianza que el referido documento contiene ideas falsas