Auto Supremo AS/0570/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0570/2015-RRC

Fecha: 04-Sep-2015

Al respecto y en base a los argumentos expuestos, se advierte que conforme la propia


Al respecto y en base a los argumentos expuestos, se advierte que conforme la propia recurrente pretendió, el Tribunal de alzada corroboró como ciertas las denuncias expuestas en apelación restringida, referidas a las decisiones accesorias que dispuso la Jueza de Sentencia, considerándolas fuera del ámbito de su competencia y contradictorias a los efectos de una Sentencia absolutoria, así como la ausencia de pronunciamiento con relación a la medida gravosa que pesaba sobre el bien inmueble, respecto a lo cual determinó que la anotación preventiva debía ser levantada, correcciones que se sujetaron a la competencia otorgada al Tribunal de alzada, en cuanto se refiere a los aspectos que directamente pueden ser corregidos por dicho ente colegiado, sin necesidad de ordenar el reenvío de la causa, en aplicación del art. 413 último párrafo del CPP; y, de la doctrina legal invocada, corroborándose que en este punto el agravio resulta infundado