Auto Supremo AS/0579/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0579/2015-RRC

Fecha: 04-Sep-2015

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Sustanciado el juicio oral, El Tribunal Séptimo de Sentencia de Santa Cruz, por votación unánime de sus miembros, y al considerar que la prueba de cargo aportada en el juicio oral es suficiente para generar la certeza y convicción, respecto a su autoría y responsabilidad por el delito atribuido, resolvió declarar al acusado Doroteo de Jesús Ponce, de nacionalidad argentina, autor y culpable de la comisión del delito de Asesinato, previsto y sancionado por el art. 152 en relación a sus incisos 2), 3) y 7), del CP, condenándole con la pena de treinta años de presidio, sin derecho a indulto.

La mencionada Sentencia llegó a establecer los siguientes hechos probados:

1. Que se instauró un proceso penal en contra del acusado Doroteo de Jesús Ponce y Ángel Torrico Castro, por el delito de Asesinato, en base a los informes, acta de denuncia, peritajes y otros elementos de prueba; 2. Que por la prueba documental, materiales y testifical se arriba a la convicción de que el acusado Doroteo de Jesús Ponce –hoy recurrente- disparó sobre la humanidad de Roger Sierra medina y de Estefanía Menacho Barrientos, ésta última una niña de seis años de edad, a la cuál le segó la vida de forma instantánea; 3. Que por la prueba desfilada en juicio el Tribunal de Sentencia llegó al convencimiento de que el acusado Doroteo de Jesús Ponce participo de manera activa en el juicio, por haber motivos fútiles, alevosía, ensañamiento y que se venció la resistencia de la víctima al portar el arma de fuego, conclusión a la que se llegó luego del estudio microscópico que guarda relación entre los proyectiles incriminados que fueron extraídos del cuerpo de las víctima y el arma secuestrado en el domicilio del acusado; 4. Que el acusado tiene doble identidad, porque habría sido detenido como Julio Adrián Ríos Flores y resulta ser Doroteo de Jesús Ponce