Auto Supremo AS/0579/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0579/2015-RRC

Fecha: 04-Sep-2015

3) Bajo el epígrafe de “Violación al derecho del debido proceso en su componente


2) Acusa la “Violación al derecho a la defensa y del debido proceso en su componente del principio de seguridad jurídica” (sic); por lo que; el Tribunal de alzada no ordenó la subsanación de su recurso de apelación restringida, ante la falta de invocación de precedentes contradictorios, pese a que tenía la obligación de dar cumplimiento al art. 399 del CPP. Refiere que en el caso, el Tribunal de alzada al detectar que su recurso adolecía de defectos formales no debió admitirlo y al hacerlo incurrió en un vicio in procedendo, citando al efecto como precedentes contradictorios los Autos Supremos 526 de 20 de septiembre de 2004, 101 de 24 de marzo 2005, 89 de 31 de marzo de 2005, 400/2009 de 23 de julio, 098/2013 de 15 de abril, 129/2013-RA del 13 de mayo, 516/2006 de 17 de noviembre y 58 de 27 de enero de 2007.

3) Bajo el epígrafe de “Violación al derecho del debido proceso en su componente de un juicio justo con igualdad procesal, en que se respeten los derechos y garantías constitucionales al juez natural e imparcial” (sic), el recurrente reitera su denuncia de inobservancia de los arts. 124 y 398 del CPP, expresando que el Tribunal de alzada dejó sin respuesta los argumentos y fundamentos de su apelación respecto a la inobservancia y errónea aplicación de la ley