Auto Supremo AS/0596/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0596/2015

Fecha: 08-Sep-2015

Es decir que se concluyó que respecto a la relación laboral, la documentación presentada no

Es decir que se concluyó que respecto a la relación laboral, la documentación presentada no desvirtuaba lo pretendido por el recurrente, explicando con ello de manera precisa los motivos en los cuales se fundó la decisión, de modo que no puede argüirse falta de motivación del fallo recurrido, más aun cuando el mismo recurrente no precisa cual sería la relevancia de la petición de nulidad buscada, es decir, qué punto de hecho considera la parte recurrente que merece más amplio pronunciamiento y cuál sería la prueba fehaciente que en su criterio demostraría -como se observa en el memorial de casación- que la relación laboral sostenida con la parte actora, sea de manera temporal o con intermitencias, como muestra en el detalle de los contratos que refiere en su recurso, en contrario a lo sostenido por la parte actora que refiere que el contrato, al ser verbal, se presumiría contratos por tiempo indefinido; pues lo contrario significaría, simplemente satisfacer aspectos formales, bajo una exigencia de excesiva solemnidad y un formalismo vacío, sin cumplir los requisitos señalados por la doctrina como: alegar el daño o perjuicio sufrido, mencionando expresamente las defensas de que se ha privado oponer con oportunidad, acreditando además dicho perjuicio, para finalmente individualizar el interés jurídico que se procura subsanar con la invalidez demandada; exigencias que no fueron satisfechas por la parte recurrente, al margen de ello, tampoco se cumplió con los presupuestos relativos al principio de transcendencia