VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 651
Sucre, 23 de septiembre de 2015
Expediente: 358/2011-S
Demandante: Isabel Elinor López Vda. de Hurtado
Demandado: Caja Nacional de Salud
Distrito: Santa Cruz
Magistrado Relator : Dr. Antonio Guido Campero Segovia
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 319 a 321, interpuesto por Loretta Young Viscarra, en representación legal de la Caja Nacional de Salud (CNS), contra el Auto de Vista Nº 052 de 05 de enero de 2011, cursante de fs. 304 a 306, emitido por la Sala Social y Administrativa de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del proceso Social por reliquidación de pago de beneficios sociales y otros conceptos seguido por Isabel Elinor López Vda. de Hurtado, contra la entidad hoy recurrente; la respuesta al mencionado recurso a fs. 323; el Auto de 18 de julio de 2011 a fs. 324, que concedió el recurso; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
I.1. Antecedentes del proceso
I.1.1. Sentencia
Que, interpuesta la demanda señalada al exordio, el Juez Tercero de Trabajo y Seguridad Social de Santa Cruz, emitió Sentencia Nº 18 de 01 de abril de 2010 de fs. 261 a 264 vta., modificada por Auto de fs. 276 de 11 de junio de 2010, por las que declaró probada en parte la demanda de fs. 19 a 21, interpuesta por Isabel Elinor López Vda. de Hurtado; sin costas, ordenando a la entidad demandada, a través de su representante legal, cancelar a tercero día, a favor de la demandante, en su calidad de heredera del ex trabajador fallecido por cuyos derechos se demandó, por los conceptos de indemnización, aguinaldo, vacación, sueldo devengado, menos el pago a cuenta a fs. 3, la suma total de Bs.32.587,50.- (treinta y dos mil quinientos ochenta y siete 50/100 bolivianos); con las actualizaciones y reajustes dispuestos en el art. 9 del Decreto Supremo (DS) Nº 28699 de 1 de mayo de 2006. Todo conforme al detalle expuesto en los fallos referidos
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 651
Sucre, 23 de septiembre de 2015
Expediente: 358/2011-S
Demandante: Isabel Elinor López Vda. de Hurtado
Demandado: Caja Nacional de Salud
Distrito: Santa Cruz
Magistrado Relator : Dr. Antonio Guido Campero Segovia
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 319 a 321, interpuesto por Loretta Young Viscarra, en representación legal de la Caja Nacional de Salud (CNS), contra el Auto de Vista Nº 052 de 05 de enero de 2011, cursante de fs. 304 a 306, emitido por la Sala Social y Administrativa de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del proceso Social por reliquidación de pago de beneficios sociales y otros conceptos seguido por Isabel Elinor López Vda. de Hurtado, contra la entidad hoy recurrente; la respuesta al mencionado recurso a fs. 323; el Auto de 18 de julio de 2011 a fs. 324, que concedió el recurso; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
I.1. Antecedentes del proceso
I.1.1. Sentencia
Que, interpuesta la demanda señalada al exordio, el Juez Tercero de Trabajo y Seguridad Social de Santa Cruz, emitió Sentencia Nº 18 de 01 de abril de 2010 de fs. 261 a 264 vta., modificada por Auto de fs. 276 de 11 de junio de 2010, por las que declaró probada en parte la demanda de fs. 19 a 21, interpuesta por Isabel Elinor López Vda. de Hurtado; sin costas, ordenando a la entidad demandada, a través de su representante legal, cancelar a tercero día, a favor de la demandante, en su calidad de heredera del ex trabajador fallecido por cuyos derechos se demandó, por los conceptos de indemnización, aguinaldo, vacación, sueldo devengado, menos el pago a cuenta a fs. 3, la suma total de Bs.32.587,50.- (treinta y dos mil quinientos ochenta y siete 50/100 bolivianos); con las actualizaciones y reajustes dispuestos en el art. 9 del Decreto Supremo (DS) Nº 28699 de 1 de mayo de 2006. Todo conforme al detalle expuesto en los fallos referidos
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs
- Interpuestos los recursos de apelación por ambas partes del proceso de fs
- Mediante Auto de fs
- Tales resoluciones motivaron que la parte empleadora formule recurso de casación en el fondo, cursante
- Señala que, el Auto de Vista impugnado, calificó erróneamente el tiempo de servicios del trabajador,
- Finalmente señala, que el ex trabajador al haber sido Director del Centro Médico de la
- Solicita casar el Auto de Vista y deliberando en el fondo, se revoque totalmente la
- Que, así formulado el recurso casación, del examen de los antecedentes del proceso y las
- De lo mencionado se puede concluir que, en el caso concreto, hubieron dos periodos definidos,
- Debe considerarse que, después de haber concluido el trabajador su primer periodo de trabajo el
- Por otra parte, respecto a que el Tribunal de apelación condenó ilegalmente al pago de
- Debe considerarse que, en el caso es aplicable el DS Nº 1260 de 5 de
- No obstante lo anotado también, resulta pertinente enfatizar que la normativa en mención, respecto a
- Es así que, regulando esta situación y en virtud a los principios protectivos del trabajador
- En ese sentido, y en resguardo de los derechos y beneficios sociales de los trabajadores,
- Finalmente, en relación a que el ex trabajador, al haber sido Director del Centro Médico
- Por lo relacionado, siendo evidentes las infracciones acusadas en parte por la entidad recurrente en
- Tiempo de Trabajo: 14 años, 9 meses y 12 días (segundo periodo de trabajo; del
- Más la multa prevista del 30% respecto al monto de Bs
- Sin responsabilidad de multa por encontrarse excusable el error cometido
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado
