Auto Supremo AS/0666/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0666/2015

Fecha: 28-Sep-2015

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2.- Señala que revisó el Poder Notariado Nº 383/2017, en el que el Sr. Walter Juvenal Delgadillo Terceros, con facultades para que se apersonen, intervengan, tramiten prosigan denuncias, procesos de recuperación de patrimonio sindical, procesos coactivos sociales, pero en ninguna parte otorga facultades para iniciar acciones legales en su contra, menos iniciar una acción en base a una auditoria sindical falsa que no existe y no se adjuntó en la demanda violando el ultra petitium, mencionando lo dispuesto en el art. 811.II del Código Civil (CC), habiéndolo demandado en base a una auditoria sindical falsa con Nota de Cargo Nº 003/08 de 10-03-2008, contradiciendo lo establecido en los arts. 108. 111 y 114 del Código Procesal del Trabajo (CPT) y arts. 24,115 y 180 de la Constitución Política del Estado (CPE) y Auto Supremo Nº 293 de 4 de septiembre de 2010