Auto Supremo AS/0666/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0666/2015

Fecha: 28-Sep-2015

Señala que no es siempre objetiva la existencia de diligencias, porque éstas pueden ser falsas

Señala que no es siempre objetiva la existencia de diligencias, porque éstas pueden ser falsas o erróneas, ignorando el principio de verdad material establecido en el art. 180 de la CPE, la misma que establece que lo que ocurre en realidad es lo más importante y no así las formas y formalidades, relacionado al principio de la primacía de la realidad