Lo anotado se encuentra vinculado estrechamente al principio de legalidad como una garantía del derecho
En ese sentido, es de inexcusable cumplimiento que los recurrentes citen en términos claros, concretos y precisos la Ley o Leyes violadas, interpretadas en forma errónea o aplicadas indebidamente, especificando además en que consiste la violación, interpretación errónea o la aplicación indebida de la misma, así como proponiendo la posible solución jurídica a la controversia planteada, sea que se trate de recurso de casación en el fondo, en la forma o ambos, conforme se desprende de los arts. 258.2) y 274 del mismo cuerpo procesal anotado.
Lo anotado se encuentra vinculado estrechamente al principio de legalidad como una garantía del derecho a la seguridad jurídica, por cuanto implica el sometimiento de los gobernantes y gobernados a la Constitución Política del Estado, la vigencia de derecho y el respeto a la norma, dado el estado constitucional de derecho que rige nuestro país, subordinación que obedece a la necesidad de garantizar que tanto las actuaciones como las decisiones que provengan de autoridades o de personas particulares, se hallen enmarcadas en disposiciones legales y no obedezcan al arbitrio o capricho discrecional de alguna de ellas, conforme los arts. 115.II, 178.I y 180.I de la CPE y art. 30.6 de la LOJ
Lo anotado se encuentra vinculado estrechamente al principio de legalidad como una garantía del derecho a la seguridad jurídica, por cuanto implica el sometimiento de los gobernantes y gobernados a la Constitución Política del Estado, la vigencia de derecho y el respeto a la norma, dado el estado constitucional de derecho que rige nuestro país, subordinación que obedece a la necesidad de garantizar que tanto las actuaciones como las decisiones que provengan de autoridades o de personas particulares, se hallen enmarcadas en disposiciones legales y no obedezcan al arbitrio o capricho discrecional de alguna de ellas, conforme los arts. 115.II, 178.I y 180.I de la CPE y art. 30.6 de la LOJ
- CONSIDERANDO I
- El recurrente señala que
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- 6
- Formaliza el recurso de nulidad contra la Resolución No 129/2014 y Resolución No 19/2013, por
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- El recurrente aseveró que de la ratio de la disposición señalada, se establece claramente que
- Indefensión en materia de ofrecimiento de prueba de descargo
- Por otra parte mencionan los recurrentes que en cuanto a la vigencia del término de
- Lamentable tratamiento en relación a la emisión de la Sentencia
- Señala que no es siempre objetiva la existencia de diligencias, porque éstas pueden ser falsas
- Estando demostradas una a una las violaciones acusadas y cometidas por el fallo recurrido, solicitaron
- Que así planteados los recursos de casación, y considerando las normas aplicables, se tiene
- Lo anotado se encuentra vinculado estrechamente al principio de legalidad como una garantía del derecho
- Bajo el mencionado contexto normativo, se observa en el caso de autos que, el recurrente
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado
