Auto Supremo AS/0684/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0684/2015

Fecha: 28-Sep-2015

Por otro lado, señaló que el Tribunal de alzada forzó la aplicación del art

Por otro lado, señaló que el Tribunal de alzada forzó la aplicación del art. 9 del DS Nº 28699, indicando que no correspondería la multa del 30% al no haberse operado el despido injustificado, al haber mediado el pre aviso, advirtiéndose que si bien el memorándum de 22 de marzo de 2010 señala que, en el pazo de 90 días se prescindirá de sus servicios, aspecto que fue ratificado donde se estableció además que en el plazo de 15 días se le cancelaran los beneficios que por ley le correspondan admitiendo la aplicación de la ley empero incumplió con dicho aspecto, por lo que correspondería se aplique dicha multa