Auto Supremo AS/0684/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0684/2015

Fecha: 28-Sep-2015

Se tienen distintos puntos reclamados, de modo que se ingresa a resolver el mismo, de

Se tienen distintos puntos reclamados, de modo que se ingresa a resolver el mismo, de acuerdo a las siguientes consideraciones:
Correspondiendo referir que, en el derecho laboral, por su naturaleza protectiva a favor del trabajador, debe aplicarse el criterio de la igualdad entre partes, que permitan un razonable equilibrio, notoriamente desigual, dada por la diferencia económica y social existente entre el empleador y el trabajador, principio protectivo plasmado en los arts. 4 de la Ley General del Trabajo (LGT), 3. g) y 59 del CPT, y en los arts. 46 y 48.III de la Norma Fundamental.
En este sentido, tampoco debe perderse de vista que la aplicación de dicho principio debe ser relativo y racional, evitando un absolutismo que pueda dar lugar a la vulneración de los derechos procesales y sustantivos del empleador y menos de soslayar la adecuada apreciación de las pruebas aportadas. Debe ponderarse la verdad de lo probado y por lo tanto lograr la verdad material, llegando de este modo a un razonable criterio