Auto Supremo AS/0686/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0686/2015

Fecha: 28-Sep-2015

Citando el contenido del art

Citando el contenido del art. 38 de la Ley N° 1178, expresa que el coactivado Boris Roberto Canedo Saravia, Jefe de Operaciones y Coordinación SEPCAM Oruro, es el directo responsable por haber solicitado el pago con afirmaciones falsas a favor de la consultora, omitiendo consignar el descuento por retraso en la conclusión del estudio, y que en cuya responsabilidad indebidamente le involucra auditoria; y que el Auto de Vista omite pronunciarse sobre dichas deficiencias, no obstante que fue argumentado en apelación; continua señalando que, dicha omisión conllevaría a la pena de nulidad conforme el art. 252 del Código de Procedimiento Civil (CPC)