Auto Supremo AS/0704/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0704/2015-RRC-L

Fecha: 30-Sep-2015

Asimismo, corresponde recordar que el Auto Supremo 272 de 4 de mayo de 2009, estableció


Asimismo, corresponde recordar que el Auto Supremo 272 de 4 de mayo de 2009, estableció como doctrina legal aplicable que la proposición u ofrecimiento de la prueba, así como su respectiva producción dentro del proceso penal, constituye un elemento esencial del derecho a la defensa del procesado, pues resulta ser el único medio a través del cual, se puede desvirtuar la acusación que pesa en su contra; de manera que el procesado tiene derecho a presentar y producir prueba amplia, con la condición de que esta sea oportuna y pertinente, siendo el único límite a la presentación y producción de la prueba de descargo la licitud, oportunidad y pertinencia de la misma, condiciones que deberán ser apreciadas adecuadamente por el juez o tribunal a tiempo de admitir o rechazar la prueba de descargo