Auto Supremo AS/0704/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0704/2015-RRC-L

Fecha: 30-Sep-2015

De todo lo referido se puede concluir que el incidente de exclusión probatoria, debe ser


De todo lo referido se puede concluir que el incidente de exclusión probatoria, debe ser opuesto durante la producción de la prueba en la etapa de juicio oral, específicamente en el momento de su judicialización; ello con la finalidad de apartar del juicio, aquella que hubiere sido obtenida con violación de derechos y garantías o en desconocimiento de las formalidades legales; criterio doctrinal que resulta razonable, puesto que es en ese momento procesal en el que las partes adquieren certeza sobre la introducción efectiva de determinada prueba por parte del proponente, la cual será sometida al contradictorio