Auto Supremo AS/0704/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0704/2015-RRC-L

Fecha: 30-Sep-2015

En consecuencia, el escaso fundamento contenido en el Auto de Vista ahora recurrido, no resulta


En consecuencia, el escaso fundamento contenido en el Auto de Vista ahora recurrido, no resulta coherente ni afín a la doctrina legal glosada precedentemente; puesto que no resulta lógico ni razonable aplicar lo prescrito por los arts. 345 y 346 del CPP para la tramitación y resolución de incidentes de exclusión probatoria; extremo que se desprende de lo dispuesto por el art. 308 del CPP, en el que prevé que las partes podrán oponerse a la acción penal, mediante excepciones de previo y especial pronunciamiento, enumerando a continuación a cuáles de ellas se refiere, siendo las mismas: 1) Prejudicialidad; 2) Incompetencia; 3) Falta de acción, porque no fue legalmente promovida o porque existe un impedimento legal para proseguirla; 4) Extinción de la acción penal según lo establecido en los Artículos 27º y 28º de ese Código; 5) Cosa juzgada; y, 6) Litispendencia. Las cuales en efecto deber ser resueltas conforme al procedimiento establecido en los precitados arts. 345 y 346 del CPP