Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0035/2016-RRC
Fecha: 21-Ene-2016
II.3. Del Auto de Vista
II.3. Del Auto de Vista
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Por memorial presentado el 17 de abril de 2015, cursante de fs
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Del memorial del recurso de casación y el Auto Supremo 398/2015-RA de 17 de junio,
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El recurrente argumenta que el Auto de Vista no consideró, ni se pronunció sobre su
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Por lo expuesto, el recurrente solicita que se deje sin efecto del Auto de Vista
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Del memorial del recurso de casación interpuesto por el recurrente y el Auto Supremo 398/2015-RA
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De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y establecido el ámbito de
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Concluido el juicio oral, por Sentencia 08/2014 de 1 de agosto (fs
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II.2. De la apelación restringida
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Asimismo, interpuso apelación incidental contra el Auto de 25 de abril de 2014 dictado en
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Finalmente, interpone apelación incidental contra el Auto de 12 de junio de 2014, por el
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II.3. Del Auto de Vista
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Este Tribunal admitió el recurso interpuesto por el recurrente, abriendo su competencia a objeto de
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III.1. La labor de contraste en el recurso de casación
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Conforme lo dispuesto por el art
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El art
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III.2. La debida fundamentación de las resoluciones judiciales
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Orlando A
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Ese entendimiento fue asumido por este Tribunal mediante varios Autos Supremos, entre otros el Auto
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III.3. De los precedentes invocados y el análisis del caso concreto
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Al respecto, con la finalidad de advertir una supuesta contradicción entre el precedente invocado y
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El Código Penal en su artículo 13 Quater indica: "Cuando la ley no conmine expresamente
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Analizada la referida doctrina legal aplicable si bien la misma señala que ante la
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Por otro lado invocó el Auto Supremo 131 de 31 de enero de 2007, que
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En el sistema actual, a diferencia del sistema anterior, el Juez es libre para obtener
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Es obligación de quien acusa, cumplir con la carga de la prueba, demostrando plenamente la
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Ante un eventual error en la subsunciòn de la conducta por el A quo si
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Respecto del segundo precedente, el mismo estaría referido a la garantía del debido proceso, a
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Con la precisión que antecede, se tiene que el Auto Supremo 131 de 31 de
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Por otro lado, se advierte claramente que el recurrente señaló tanto en su apelación restringida
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Al respecto cabe aclarar, tal como se dijo anteriormente, el hecho por el que fue
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En ese sentido, en el referido Auto Supremo estableció la siguiente subregla: “El Tribunal de
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Con esas consideraciones, el Tribunal de alzada deberá analizar en lo esencial el reclamo del
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Consiguientemente, el Tribunal de apelación, al no realizar una fundamentación respecto de lo solicitado por
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En consecuencia, considerando que se evidenció ausencia de fundamentación y error en la labor del
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La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
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A los efectos de lo previsto por el art
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En aplicación del art
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Regístrese, hágase saber y cúmplase
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SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
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