Auto Supremo AS/0042/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0042/2016-RRC

Fecha: 21-Ene-2016

e) Defectuosa imposición de la pena, refiriendo que se le impone la pena de


Por su parte, el imputado planteó los siguientes motivos en apelación:

a) La falta de fundamentación de la Sentencia 4/2014 en todas sus partes vulnerando lo previsto en el art. 124 del CPP;

b) Defectuosa valoración probatoria refiriendo que en el numeral II de la Sentencia se efectuó una simple relación de las pruebas testificales y documentales del caso, incumpliendo una valoración en base a la sana critica prevista en el art. 173 del CPP.

c) Respecto de la inspección ocular, señala que si bien fue realizada, en la Sentencia sólo se efectuó una relación de hechos sobre la ubicación del inmueble y la relación de algunos objetos encontrados pero en ningún momento se pudo establecer o probar que las pólizas que tenía la parte querellante correspondía a los objetos existentes en el garaje, en consecuencia se establece que los mismos no eran de propiedad de la empresa Alanoca, sino correspondían a los dejados por Juan Quispe.

d) Arbitrario rechazo de la prueba extraordinaria propuesta por su defensa, que destruía todas las pretensiones de sus acusadores; empero, dicha solicitud fue rechazada mediante un simple Auto y no a través de una Resolución fundamentada como correspondía.

e) Defectuosa imposición de la pena, refiriendo que se le impone la pena de dos años y ocho meses de privación de libertad, con una simple relación de antecedentes de un hecho que nunca cometió, de la cual está siendo víctima de una condena donde no se demostró su participación del supuesto Hurto