Auto Supremo AS/0052/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0052/2016-RRC

Fecha: 21-Ene-2016

1) Sobre la errónea aplicación del art


La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro por Auto de Vista 5/2015 de 2 de enero, declaró procedente el recurso de apelación restringida interpuesto por la imputada; en consecuencia, anuló totalmente la Sentencia, disponiendo el reenvío de la causa para nuevo juicio, por ante un Juzgado de Sentencia similar, bajo los siguientes fundamentos:

1) Sobre la errónea aplicación del art. 20 del CP con relación a la concepción de autoría “por medio de otros”; en la enunciación del hecho y circunstancias del objeto del juicio se establece que Concepción Fernández Fernández, junto al maestro contratista René Quispe Choque procedieron a derribar un muro del lado este, de propiedad de Margarita Casilla Vásquez dejando su baño sin muro, totalmente inutilizado, el cielo falso deteriorado, los artefactos del baño deteriorados, lo que significa que se la conceptúa como autora del delito de daño simple, en el entendido de que René Quispe Choque con un martillo tipo combo habría destruido el muro; pero, por orden de la imputada y siendo que no tomó en sus manos el martillo tipo combo la imputada fue conceptuada “por medio de otro”, adecuando a la autoría que admite el art. 20 del CP, no resultando pertinente la vinculación con el art. 22 de la referida Ley como exige la apelante imputada; toda vez, que el art. 20 reconoce la autoría “por medio de otro”, no existiendo errónea aplicación del art. 20 del CP