Auto Supremo AS/0052/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0052/2016-RRC

Fecha: 21-Ene-2016

En cuanto al segundo punto denunciado, referido a que el Tribunal de alzada podía subsanar


Respecto a la falta de fundamentación en la fijación de la sanción.-

En cuanto al segundo punto denunciado, referido a que el Tribunal de alzada podía subsanar directamente la supuesta errónea aplicación de la ley y falta de fundamentación en la fijación de la pena en el que hubiere incurrido el Tribunal de Sentencia; conforme se extrajo en el apartado II.2 de este Auto Supremo, se constata que el Auto de Vista recurrido ante la denuncia efectuada por la imputada apelante, referido a la errónea aplicación de la ley sustantiva en la fijación de la pena, señaló que en el último párrafo del considerando VI de la Sentencia, si bien se establecería que para fijar la pena se tomó en cuenta la personalidad, antecedentes de la acusada, nivel educativo, entre otras; sin embargo, no habría plasmado ninguna de las circunstancias señaladas, menos las circunstancias previstas en los arts. 37 y 38 del CP, como la edad, educación, costumbre, conducta, premeditación, naturaleza de la acción, constituyéndose en una errónea aplicación de la ley sustantiva y en una omisión de la fundamentación, situación por la que también dispuso anular la Sentencia