Auto Supremo AS/0343/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0343/2016

Fecha: 24-Oct-2016

Al respecto el recurrente, acusa la violación del art

Al respecto el recurrente, acusa la violación del art. 476 del RCSS, producto de la mala interpretación del art. 194 del CSS y 545 del RCSS, pues lo miembros del Tribunal Departamental no tomaron en cuenta que si bien el Sr. Berthon habría prestado servicios dentro de la Caja Ferroviaria de Salud, no es menos cierto que, de acuerdo a la verificación de las planillas cursantes a fs. 71 a 103 de los periodos, junio de 1977, octubre de 1977, enero de 1979, abril de 1983, mayo de 1983, abril de 1986, febrero de 1988, abril de 1988, febrero de 1989 y noviembre de 1989, no figura en planillas consecuentemente no tiene aportes por lo que no puede considerarse beneficiario de renta por dichos periodos. En ese sentido el Auto de Vista de manera errada realiza la interpretación del art. 14 del Decreto Supremo (DS) Nº 27543 pretendiendo su aplicación, sin considerar que el precepto es claro al señalar “en el caso de inexistencia de planillas” que no es el caso ya que en el presente sí existen planillas dentro de las que no figura el nombre del Sr. Berthon