En ese entendido, cuando el art
En ese entendido, cuando el art. 14 del DS N° 27543 autoriza la consideración de determinados documentos en caso de inexistencia de planillas y comprobantes de pago a partir de la fecha de su publicación, no está limitando su aplicación sólo a los trámites del Sistema de Reparto tanto en rentas en curso de pago como rentas en curso de adquisición, sino que, como norma general está instituyendo que, cuando el SENASIR no cuente con planillas y comprobantes de pago en sus archivos, como es el caso, éste tiene que certificar los aportes con la documentación que cursa en el expediente del asegurado, conforme a tenido a bien resolver el Tribunal de Apelación, por cuanto no resultaría justo desconocer la documentación que aparejó el asegurado al inicio del trámite de su jubilación en fecha 08 de marzo de 1999, conforme se demuestra por la relación de actuados desarrollados al inicio del segundo considerando de la Resolución recurrida
- CONSIDERANDO I
- El recurrente inicia sus argumentos del recurso de casación en el fondo, haciendo una relación
- Al respecto el recurrente, acusa la violación del art
- Por otra parte, señala el recurrente, que la Resolución recurrida al pretender dar aplicación a
- Con relación al art
- A continuación, define que las normas legales transgredidas, violadas y mal interpretadas son
- Dentro de las normas erróneamente interpretadas, señala al DS N° 27543 ya que el art
- La jurisprudencia pronunciada por el Tribunal Supremo de Justicia, enseña que el Recurso de casación
- Asimismo, conforme al art
- En ese orden de consideraciones, debe tomarse en cuenta que conforme el art
- En ese sentido, el DS N° 27543 de 31 de mayo de 2004 y la
- En ese entendido, cuando el art
- Lo contrario significaría, al no reconocer aquellos periodos de trabajo alegados y demostrados por el
- Bajo tales parámetros, lo razonado por el SENASIR, al establecer, la inconsistencia de las cotizaciones
- Firmado
