Auto Supremo AS/0348/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0348/2016

Fecha: 24-Oct-2016

A lo anotado, cabe señalar que, si bien en materia laboral, es manifiesta la desigualdad

A lo anotado, cabe señalar que, si bien en materia laboral, es manifiesta la desigualdad existente entre el trabajador y el empleador a tiempo de tener acceso a la prueba idónea para acreditar o desvirtuar determinados asuntos laborales, como por ejemplo a la prueba testifical, documental, en cuya razón el legislador, con el ánimo de compensar esta situación, ha previsto que en los procesos laborales la carga de la prueba es obligatoria para la parte patronal y facultativa para el trabajador, conforme disponen los arts. 3. h), 66 y 150 del CPT; es decir, que rige el principio de “inversión de la prueba” correspondiendo al empleador desvirtuar los hechos afirmados por el trabajador, o en su caso, demostrar con suficiencia los argumentos aducidos en su defensa, siendo simplemente una facultad del actor trabajador la de ofrecer prueba, mas no una obligación