Del memorial de recurso de casación que cursa de fs
II. SOBRE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
Del memorial de recurso de casación que cursa de fs. 106 a 115, se extraen los siguientes motivos:
1) Como primer agravio denuncia que la Sentencia condenatoria contiene defectos que vulneran la garantía del debido proceso, derecho a la defensa, tutela judicial efectiva, en desmedro de una justicia transparente, digna y objetiva; toda vez, que: i) No tomó en cuenta la existencia de otro proceso penal de orden público que se encuentra en el Tribunal Primero de Sentencia, que data de fecha anterior al presente proceso; ii) Contiene una fundamentación contradictoria entre la parte considerativa y la parte dispositiva; iii) Contiene una fundamentación insuficiente en relación a la valoración probatoria y las normas aplicadas que no tienen la mínima relación de causalidad entre lo que su fundamentó y lo que la norma pretende alcanzar como obligatoriedad de aplicación; iv) Contiene una fundamentación insuficiente en relación a la calificación de la conducta de los tipos penales; y, v) Omitió fundamentar los criterios de valoración de la prueba documental de cargo y descargo
- Por memorial presentado el 2 de septiembre de 2016, que cursa de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) Por diligencia de 26 de agosto de 2016 (fs
- Del memorial de recurso de casación que cursa de fs
- 2) Por otra parte manifiesta, que en el considerando I denominado antecedentes con relevancia jurídica,
- 3) Le extraña, la fundamentación efectuada por el Auto de Vista recurrido que observó que
- 4) Denuncia que el Auto de Vista bajo el falso argumento de falacia de reserva,
- 5) Por otra parte, Bajo el título “IV
- Refiere, que cuando el Ad quem advierte que en proceso se pronunció fallos sustentados en
- 7) Reclama, que en el acápite denominado fundamentos jurídicos del fallo en lo concerniente a
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- De la revisión de antecedentes, se tiene que el recurrente cumplió con el primer requisito
- Ahora bien, respecto a los motivos primero, segundo y quinto, en los que denuncia que
- En cuanto, al cuarto motivo, en el que denuncia que el que el Auto de
- Con relación al sexto motivo, en el que el recurrente con poca técnica recursiva
- Sobre este motivo, corresponde señalar que el recurrente incurre en contradicción; por cuanto, por una
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el artículo
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
