Auto Supremo AS/1186/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1186/2016

Fecha: 20-Oct-2016

Debe tenerse presente que la anotación preventiva conforme se expuso anteriormente, no tiene carácter definitivo,

Debe tenerse presente que la anotación preventiva conforme se expuso anteriormente, no tiene carácter definitivo, sino mas bien es de naturaleza provisional, temporal y variable, siendo estos los elementos esenciales que los caracteriza, cuya finalidad única es garantizar la reparación civil de los daños y perjuicios emergente de la comisión del delito, pudiendo ser modificada o levantada en cualquier momento en la medida que cambie la situación de los hechos que originaron su aplicación o finalmente el propio imputado puede ofrecer en calidad de fianza real otros bienes suficientes en reemplazo de los bienes que fueron gravados