Auto Supremo AS/0863/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0863/2016-RRC

Fecha: 03-Nov-2016

III.2. Respecto a la denuncia referida al art. 173 del CPP


Sin perjuicio de lo señalado precedentemente, con un fin aclaratorio se deja constancia que el Tribunal de alzada observó la falta de activación de recursos idóneos oportunos “reposición”, para hacer prevalecer oportunamente los derechos que se consideran vulnerados, esto dentro de la etapa procesal en la que se encontraban –juicio oral- en el que por la dinámica del mismo se debe entender la reposición corresponde ser planteada de manera oral e inmediata a la decisión del presidente del tribunal que se considera atentatoria a derechos, siento esta posibilidad facultativa de las partes.

III.2. Respecto a la denuncia referida al art. 173 del CPP